NORMATIVA AMICOS MEDICAMENTOS EN FARMACIAS DE LA RED.

(1) Se reconoce descuento del 30% en todos los medicamentos de venta bajo receta registrados en el nomenclador farmacéutico en forma automática mientras estén por debajo del valor de mercado que tenga el GAMMATET T 250UI jga.prell.+toxoide en el momento de su expendio. Los que excedan dicho monto, requerirán autorización por parte de la Mutual para proceder la cobertura. El pedido médico puede contener tres prescripciones diferentes de hasta 2 unidades cada prescripción.

(2) Los medicamentos de uso crónico y los incluidos en la resolución 310 de la Superintendencia de Servicios de Salud deberán llenar planilla de empadronamiento completada por medico prescriptor; esta será actualizada cada 6 meses.

(3) NO se reconocerán reintegros de farmacias prestadoras o no prestadoras por medicamentos sin receta médica.

(4) La provisión de insulina será bajo planilla de empadronamiento a cargo de AMICOS la que deberá ser retirada en la dependencia de la mutual sita en calle San Luis 71 Ciudad de Córdoba y actualizada semestralmente por médico tratante.

(5) Solo se reconocerán reintegros de medicamentos con receta, troquel de medicamento y aceptación del socio firmando al dorso de la receta de farmacias fuera de la red de prestadores y en horarios nocturnos.

(6) Serán válidas todas las recetas en formulario de AMICOS para prescripción de medicamentos que cuenten con el correspondiente troquel y firma de conformidad del asociado.

(7) Los medicamentos de venta libre no tienen cobertura ni reintegro.